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Arrendamiento · 21 de octubre de 2026 · 4 min de lectura

¿Quién paga la reparación? Lo que dice el Código Civil de Jalisco

Una fuga, un calentador que deja de prender, un apagador roto. Cada una abre la misma pregunta entre dueño e inquilino, y la ley ya tiene una respuesta general.

Lo que dice la ley

El artículo 2019 del Código Civil del Estado de Jalisco pone a cargo del inquilino las reparaciones de los deterioros de poca cuantía. Las reparaciones mayores, y mantener el inmueble en estado de servir para el uso convenido, le corresponden al dueño.

El problema: «poca cuantía» no tiene cifra

La ley no dice cuánto es poca cuantía. Cambiar el empaque de una llave probablemente lo es. Cambiar un calentador ya se discute. Sin una cifra en el contrato, cada desperfecto se vuelve una negociación, y el dueño termina pagando lo que no le tocaba o perdiendo al inquilino por lo que sí le tocaba.

Un error común es firmar un contrato que dice «las reparaciones corren por cuenta del arrendatario», sin distinguir cuantía ni tipo. Esa cláusula es discutible y en la práctica protege poco.

Lo que cuesta no atender una reparación mayor

Si el dueño no mantiene el inmueble en condiciones de usarse, el artículo 2145 del mismo Código le da al inquilino causa para pedir la rescisión del contrato. Postergar una reparación mayor «para ver si aguanta» puede costar el inquilino completo.

Cómo se resuelve en el contrato

  • Un tope en pesos para lo que se considera poca cuantía. Por ejemplo: hasta $1,500 por evento lo cubre el inquilino; arriba de eso, el dueño.
  • Un procedimiento de aviso: por escrito, a quién se reporta y en cuánto tiempo se responde.
  • Un inventario fotográfico firmado al entregar el inmueble, para que el estado inicial no esté a discusión.

Cómo lo hacemos en MEGAC

Nuestros contratos llevan el tope en pesos, el procedimiento de aviso y el inventario fotográfico firmado. El inquilino reporta a MEGAC, no al dueño: coordinamos al proveedor, ningún gasto se ejecuta sin presupuesto autorizado por ti salvo emergencias, y cada trabajo queda con su evidencia en tu reporte mensual.

Fuentes

  • Código Civil del Estado de Jalisco, artículo 2019 (reparaciones a cargo del arrendatario).
  • Código Civil del Estado de Jalisco, artículo 2145 (causas de rescisión a favor del arrendatario).

Este artículo explica la regla general y no es asesoría legal. Cada contrato y cada caso se revisan por separado.

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